una pregunta.
Un saludo a todos y gracias
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Buenas noches!!! Espero que te encuentres bien con el tratamiento y, que ese brazo vaya cogiendo cierta movilidad!!! Por lo que preguntas, te paso el siguiente enlace, en principio y, en teoría durante esa prórroga de 180 días también deberías el 60% de tu Base Reguladora, desde el cuarto dia hasta el 20, a partir de ahí sería el 75%, pero para asegurarte mejor, al final de la pagina de enlace que te envío, tienes la opción de contactar con la SS, redacta esta consulta y pregunta por el importe exacto.
http://www.seg-social.es/Internet_1/Masinformacion/TramitesyGestiones/PrestaciondeIncapac44667/index.htm
Un saludo!!!
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Vaya, que te lo digo incompleto
En deberías el 60%, quería decir: deberías de cobrar el 60% de la Base Reguladora
Perdona!!!
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Buenas noches Pedro, cuando se finaliza por fin contrato o te despiden estando de Baja por Enfermedad Común, sigues percibiendo la prestación por I.T. a través de la Mutua o el INSS, aunque su cuantía se modifica y pasa a ser la equivalente a la que cobrarías por la prestación de Desempleo, lo único que el pago te lo hace la Mutua, por este motivo los primeros 6 meses has cobrado 70% de la base reguladora y a partir del séptimo mes el 50%.
Espero que te haya ayudado, no obstante puedes comentarlo en tu mutua en el área de prestaciones.
Un saludo,
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Hace 9 años